sábado, 27 de diciembre de 2014

LA PROFESIONALIDAD DEL JUEZ CASTRO

La profesionalidad es definida en el diccionario de la RAE (Real Academia Española) como ”la cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad con relevante capacidad y ocupación”.

Pues bien, el juez Castro instructor del caso Nóos y Aizoon, que afecta de lleno a una infanta de España y a su cónyuge los que cuando se produjeron los hechos que han de juzgarse eran la hija y el yerno del Rey respectivamente, ha llevado a cabo la   instrucción judicial de este caso, tan relevante y mediático, con una gran dosis de profesionalidad.  

La justicia española debería, si es que no lo ha hecho ya en su dilatada carrera, condecorar al magistrado Castro convenientemente, pues con su imparcial actuación ha demostrado que, a pesar de todas las presiones habidas y por haber, cuando un juez es independiente y equitativo, puede conseguir que se haga realidad el principio de que la justicia es igual para todos.

Contra viento y marea, sin apoyos, en la más absoluta soledad, este juez que ya ve cercana su jubilación, ha sido capaz de prestar un gran servicio a la justicia española, colonizada y mediatizada por el poder político, especialmente en los más altos tribunales, así como en los órganos de gobierno y dirección de los jueces.

Contra la opinión del fiscal, que cambió su estrategia en cuanto el magistrado decidió imputar a la infanta y desde ese momento se convirtió en un acérrimo defensor de la joven, de la Agencia Tributaria que ha hecho el más clamoroso de los ridículos al cambiar su informes de la noche a la mañana, admitiendo facturas falsas como justificantes de gastos – ya veremos si esta deferencia la mantiene con el resto de los contribuyentes -  para tratar de exonerar a la infanta del delito fiscal, así como de la del abogado del Estado que en lugar de defender los intereses generales se ha decantado por defender intereses particulares de un miembro de la Casa Real, el magistrado ha mantenido su postura, basada en la lógica y en la evidencia de los hechos, que la inmensa mayoría de los ciudadanos ha apreciado con nitidez desde el comienzo de la causa.

La defensa de la infanta - aquí no habría nada que objetar porque esa es su misión -  ha tratado de fundamentar sus argumentos en el hecho de que una joven licenciada en ciencias políticas, políglota, master en relaciones internacionales y trabajadora en una entidad financiera con un sueldo de 200.000 € anuales, era medio lela y no se enteraba de nada de lo que hacía su marido, ni de la procedencia del dinero que entraba en las cuentas que utilizaba con profusión, ni de lo que firmaba y asumía, puesto que su amor ciego la impedía considerar esas minucias. Curiosa esta teoría del amor que seguro pasará a los manuales del derecho procesal y penal.

De todos modos creo que la infanta no saldrá mal parada, ya lo verán. En la recámara y con otros tribunales más maleables, que no son el juez Castro, tienen preparada la doctrina Botín que convenientemente retorcida tratarán de que se aplique para salvar del “talego” a la infanta. La Audiencia Provincial de Palma ya se encargó de exonerarla del delito de blanqueo de capitales, pues con ese tipo de transgresión de la ley no hay doctrina Botín que valga.

El juez Castro puede sentirse satisfecho del trabajo realizado en esta instrucción. Ha demostrado su discreción, su imparcialidad, su personalidad, su capacidad de trabajo, su decencia, su dignidad y su profesionalidad. Más no se le puede pedir. Ojalá todos los jueces en España se comportaran como él. Otro gallo nos cantaría. Y entonces los corruptos se tentarían la ropa antes de meter la mano. 

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