LA
PROFESIONALIDAD DEL JUEZ CASTRO
La
profesionalidad es definida en el diccionario de la RAE (Real Academia
Española) como ”la cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad
con relevante capacidad y ocupación”.
Pues
bien, el juez Castro instructor del caso Nóos y Aizoon, que afecta de lleno a
una infanta de España y a su cónyuge los que cuando se produjeron los hechos
que han de juzgarse eran la hija y el yerno del Rey respectivamente, ha llevado
a cabo la instrucción judicial de este
caso, tan relevante y mediático, con una gran dosis de profesionalidad.
La
justicia española debería, si es que no lo ha hecho ya en su dilatada carrera,
condecorar al magistrado Castro convenientemente, pues con su imparcial
actuación ha demostrado que, a pesar de todas las presiones habidas y por
haber, cuando un juez es independiente y equitativo, puede conseguir que se
haga realidad el principio de que la justicia es igual para todos.
Contra
viento y marea, sin apoyos, en la más absoluta soledad, este juez que ya ve
cercana su jubilación, ha sido capaz de prestar un gran servicio a la justicia
española, colonizada y mediatizada por el poder político, especialmente en los
más altos tribunales, así como en los órganos de gobierno y dirección de los
jueces.
Contra
la opinión del fiscal, que cambió su estrategia en cuanto el magistrado decidió
imputar a la infanta y desde ese momento se convirtió en un acérrimo defensor
de la joven, de la Agencia Tributaria que ha hecho el más clamoroso de los
ridículos al cambiar su informes de la noche a la mañana, admitiendo facturas
falsas como justificantes de gastos – ya veremos si esta deferencia la mantiene
con el resto de los contribuyentes - para tratar de exonerar a la infanta del
delito fiscal, así como de la del abogado del Estado que en lugar de defender
los intereses generales se ha decantado por defender intereses particulares de
un miembro de la Casa Real, el magistrado ha mantenido su postura, basada en la
lógica y en la evidencia de los hechos, que la inmensa mayoría de los
ciudadanos ha apreciado con nitidez desde el comienzo de la causa.
La
defensa de la infanta - aquí no habría nada que objetar porque esa es su misión
- ha tratado de fundamentar sus
argumentos en el hecho de que una joven licenciada en ciencias políticas, políglota,
master en relaciones internacionales y trabajadora en una entidad financiera
con un sueldo de 200.000 € anuales, era medio lela y no se enteraba de nada de
lo que hacía su marido, ni de la procedencia del dinero que entraba en las
cuentas que utilizaba con profusión, ni de lo que firmaba y asumía, puesto que
su amor ciego la impedía considerar esas minucias. Curiosa esta teoría del amor
que seguro pasará a los manuales del derecho procesal y penal.
De
todos modos creo que la infanta no saldrá mal parada, ya lo verán. En la
recámara y con otros tribunales más maleables, que no son el juez Castro,
tienen preparada la doctrina Botín que convenientemente retorcida tratarán de
que se aplique para salvar del “talego” a la infanta. La Audiencia Provincial
de Palma ya se encargó de exonerarla del delito de blanqueo de capitales, pues
con ese tipo de transgresión de la ley no hay doctrina Botín que valga.
El
juez Castro puede sentirse satisfecho del trabajo realizado en esta instrucción.
Ha demostrado su discreción, su imparcialidad, su personalidad, su capacidad de
trabajo, su decencia, su dignidad y su profesionalidad. Más no se le puede
pedir. Ojalá todos los jueces en España se comportaran como él. Otro gallo nos
cantaría. Y entonces los corruptos se tentarían la ropa antes de meter la mano.
No hay comentarios:
Publicar un comentario